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28 de abril – Día no laborable compensable para el Sector público

De acuerdo a lo señalado en el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 151-2022-PCM se ha declarado, entre otros,  el día 28 de abril de 2023 como día no laborable compensable a nivel nacional para los trabajadores del sector público.

En tal sentido, se comunica a todo el personal, que las horas dejadas de laborar (8 horas) serán recuperadas del 02/05/2023 al 11/05/2023, a razón de una (01) hora diaria como mínimo.

Los/as servidores/servidoras bajo las modalidades de trabajo remoto y mixta, deberán comunicar la recuperación de horas en el formato denominado “Compensación de Horas por Día no Laborable, a través de su Dirección/Jefatura, vía D-Trámite y teniendo en cuenta las siguientes indicaciones:

  • Indicar si el servidor/a se acogió al día no laborable compensable (Si / No), especificando el mismo.
  • Si la respuesta anterior es afirmativa, debe indicar los días y horas de recupero dentro del plazo indicado (02/05/2023 al 11/05/2023).
  • Asimismo, el personal que labora de forma remota debe registrar el detalle de las actividades que realizó en dichas horas durante cada día.
  • Otras justificaciones las podrá detallar en la columna de observaciones, como es el trabajo presencial o si estuvo de onomástico o algún tipo de licencia.
  • La información deberá ser remitida a la UAP a más tardar el viernes 19 de mayo de 2023.

Las consultas las podrá realizar al correo acanales@apci.gob.pe

Gracias por su atención,

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