De acuerdo a lo señalado en el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 152-2022-PCM se ha declarado, entre otros, el día 03/01/2023 como día no laborable compensable a nivel nacional para los trabajadores del sector público.
Teniendo en cuenta que del 27/12/2022 al 18/01/2023, se recuperarán las horas de los feriados del 26 y 30/12/2022 (16 horas), se amplía hasta el 01/02/2023 el periodo para la recuperación del día 02/01/2023, las cuales deben realizarlas a razón de una (01) hora diaria como mínimo.
Los/as servidores/servidoras bajo las modalidades de trabajo remoto y mixta, deberán comunicar la recuperación de horas en el formato denominado “Compensación de Horas por Día no Laborable, a través de su Dirección/Jefatura, vía D-Trámite y teniendo en cuenta las siguientes indicaciones:
•Indicar si el servidor/a se acogió al día no laborable compensable (Si / No), especificando el mismo.
•Si la respuesta anterior es afirmativa, debe indicar los días y horas de recupero dentro del plazo indicado (27/12/2022 al 01/02/2023).
•Asimismo, el personal que labora de forma remota debe registrar el detalle de las actividades que realizó en dichas horas durante cada día.
•Otras justificaciones las podrá detallar en la columna de observaciones, como es el trabajo presencial o si estuvo de onomástico o algún tipo de licencia.
•La información deberá ser remitida a la UAP a más tardar el 10/02/2023.
Finalmente, el personal que realiza trabajo presencial, debe registrar su recuperación a través del Sistema de Control de Asistencia con el concepto “Horas compensadas por feriado”.
Las consultas las podrán realizar al correo acanales@apci.gob.pe