De acuerdo a la Ley N° 31561 – Ley de prevención del cáncer en las mujeres y del fortalecimiento de la atención especializada oncológica – Art. 3: “toda trabajadora tiene derecho a licencia con goce de haber de un (1) día al año para que se realicen los exámenes de detección temprana de cáncer de mama y cuello uterino.”
La detección temprana del cáncer de mama y/o cuello uterino mejora la supervivencia, disminuye la morbilidad y reduce el costo de la atención si se diagnostica con prontitud y se trata eficazmente.

Se adjunta Reglamento de la Ley N° 31561